HISTORIA TERRENOS FUNDO CHILCOCO/ Artículos



En el año 1938, estando protocolizado el inventario de don Juan Agustín Antileo Lincopi, las tierras del fundo Chilcoco, Felidor Gaete usurpa el rol a las tierras que quedarían bajo su absoluto dominio, desalojando de sus tierras a Juan Antileo y a tres familias formadas en el fundo, desplazándolas a orillas de la playa local.

Para recuperar el fundo Chilcoco, se llevó a cabo un juicio reivindicatorio rol nº 7060,en el que se designa un perito por el tribunal, habiendo como inconveniente la falta de dinero para llevar a cabo el peritaje, el cuál se le pidió a un servicio público como SAG, INDAP, CORA, CONAF, en la que se ruega dictar resolución y nominar perito.

Para evitar tener problemas, Gaete dona los terrenos a la Universidad de Concepción, la que hace uso de ellos durante décadas, situación que cambia con el retorno de la democracia al país, en donde la universidad en un intento desesperado por deshacerse del fundo se lo vende al famoso y poderoso conglomerado llamado Bosques Arauco.
Foto: Marcha comunidad chilcoco plaza de arauco
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El proceso de los hijos de la tierra
BOSQUES ARAUCO S.A. Y LA USURPACIÓN DE LAS TIERRAS DE LA COMUNIDAD CHILCOCO
Publicado el 24-07-2007, Por Luis Llanquilef Rerequeo (*)


Luis Llanquilef
Luis Llanquilef
Luis Llanquilef Rerequeo, dirigente Lafkenche de Arauco, nos entrega la versión de una de las partes en conflicto (la comunidad mapuche de Chilcoco) y aporta antecedentes históricos que sustentarían estos derechos ancestrales.
El proceso que inició este jueves 19 de julio 2007 el Juez de Garantía de  Arauco, Javier Enrique Neira Contreras, en contra de los comuneros mapuche de la comunidad Chilcoco (familias Antileo, Lincopi y Huenumilla); José Miguel Antileo, Luis Esteban Antileo, Felipe Abner Roa, Juan José Gallardo, José Rigoberto Briones, Héctor Hugo Vargas, Luis Marcelo Martínez, Manuel Leonardo Tapia, Silvano Javier Briones y Rosa Amelia Rivas, es el resultado de una querella criminal de la empresa Bosques Arauco S.A., patrocinada por su abogado Gabriel Fernández Pucheu, calificada como “usurpación no violenta”.

Para las familias Antileo, Lincopi y Huenumilla esta historia tiene su inicio un 29 de noviembre de 1867, según documento de la época y trascrito esto fue lo que sucedió:

A pedimento de don Julian i don José Manuel Gaete, el Alcalde de Arauco Manuel Montalba en primero del actual mande dar copia legalizada de una posesión dada por el cuarto subdelegado don Juan Francisco Mayorga, la cual es del  tenor siguiente, en el potrero de los Rachihues a veintinueve días del mes de Noviembre de mil ochocientos sesenta i siete. En cumplimiento del decreto del señor juez de primera instancia del departamento fecha veintiséis del presente, me constituí a los fundos denominados  Rachigues, la Cal i Chilcoco i la Quebrada, i en presencia de los colindantes que asistieron; di posesión a don Julian i don José Manuel  Gaete de los fundos apusados del modo que sigue. 

La entrega principio en el fundo Chilcoco (i la Quebrada) siendo sus limites, al Norte con terrenos de don Juan Medina, al Oriente con la testamentaria de don José Antonio Paz estero de por medio, al sur con terreno de Juan Llayre cerco de por medio, al Poniente con el fundo Quebrada. En seguida se principio la entrega de los fundos Rachigues i la Cal, siendo sus limites al Norte el mar, al sur testamentaria de don José Antinao Paz, al Oriente terrenos de Juan Medina, al Poniente testamentaria de don Rosaura Chaparro. 

En cuanto al fundo  Quebrada se dio principio a la entrega al poniente por  un lugar titulado Paso Malo siguiendo línea recta hasta encontrar con un sanjon, i de allí al sur hasta encontrar con una laguna en la sima del cerro, siguiendo siempre  por el mismo rumbo hasta encontrar con una quebrada en donde tiene una posesión los Paces, sigue de allí al Poniente por la misma quebrada hasta encontrar con Tropen, siguiendo de allí  al Norte dividiéndolos con este por el Estero que baja a juntarse con el que baja del fundo de este nombre, i de este crucero de agüa sigue al norte por la sima del cerro titulado Cerro Alto, i de allí  siguiendo por un filo  hasta encontrar el nacimiento del estero de la Quebrada, siguiendo por este mismo hasta encontrar el lindero  Paso Malo hasta el cual impidió don Jorje Laurie, i el encargado del terreno de la testamentaria del fundo Chaparro don Juan de Dios Medina i en la línea cual hasta la del sanjon se opuso Manuel Buenumilla, por cuyas partes se suspendió la entrega, i por lo demás quedan en posesión los precitados señores Gaete, con lo que termino esta diligencia firmando los opositores i demás colindantes que concurrieron i los testigos con quienes actúo y que certifico. Juan Medina, Jorje Laurie. 

A ruego de Manuel Guenumilla i del encargado  don Juan de Dios Medina i como testigo Juan Medina. Testigo Lizardo Luna. Testigo Divieso Saez, Ante mi, Juan Francisco Mayorga subdelegado. Noviembre veintisiete de mil ochocientos sesenta y siete. Juan Francisco Mayorga Subdelegado-

La historia local de la comuna de Arauco tiene sus hombres honorables, en los años 1867 el Consejo Municipal estaba compuesto por; Ramón Zañartu, gobernador, (Rey del carbón), uno de los tres alcaldes era Manuel Montalba quien entrega a uno de sus cuatro regidores que era Manuel Gaete las tierras de Chilcoco, la verdad es que desde esta instancia de poder se podía hacer y deshacer con los indios, fue así como la usurpación de las tierras mapuche fue un trabajo fácil, omitiendo por completo la Ley del 14 de marzo de 1853, decreto que fijaba los procedimientos para la enajenación de tierras indígenas.

De la misma manera como se apropiaron de las tierras de los Antileo, de los Lincopi y Huenumilla, también se otorgaron por decisión del mismo Consejo Municipal (Acta del 25 de mayo de 1867) el Cerro Colo-Colo, instalándose en sus terrenos otro de los regidores, Millan y mas tarde Pucheu, pariente del actual abogado de Bosques Arauco S.A. Gabriel Fernández Pucheu, patrocinante de la actual querella.

El problema para los Gaete radico en que la familia Antileo nunca dejo de reclamar el Fundo Chilcoco, llevando a la familia Gaete en los años 60 ante tribunales, ganándole las causas que se fallaron, tal fue su desesperación de perder estas tierras que 1963 Filidor Gaete las entrega enDONACION a la UNIVERSIDAD DE CONCEPCIÓN, como constan las firmas de Filidor Gaete y Ignacio González Ginouves en representación de la Universidad, acta efectuada ante el Notario de Concepción José Mateo Silva.

Esta honorable casa de estudios procedió a partir el predio Chilcoco en lotes, artimaña que le permitió hacer desaparecer el rol inicial de la tierra, acto seguido el año 1983 le vendió a Inmobiliaria Deportiva Universidad de Concepción S.A., esta institución deportiva vuelve en el año 1985 a venderle de nuevo a la Universidad de Concepción, institución docente que finalmente el 20 de Junio del 2002 la vende a Bosques Arauco S.A. con una superficie aproximada de 2.476,77 hectáreas.

La familia Antileo, comunidad Chilcoco volvieron a reclamar sus derechos y tomaron posesión de sus tierras el 25 de octubre 2006, lo hicieron con la firme convicción de poseer el Dominio Vigentede sus tierras, como consta en el certificado que le entregara el Notario y Conservador de Arauco, Anfión Podlech Romero, documento en el que se señala:
“Se certifica y suscribe que la inscripción de dominio de las acciones y derechos que le corresponden por cualquier motivo o titulo, en el fundo Chilcoco ubicado en la novena subdelegación de este departamento; inscrito a fojas 50 vta. número 39 del Registro de Propiedad del año 1961 del Conservador de Bienes Raíces de Arauco y que figura a nombre de don Juan Agustín Antileo Lincopi, esta vigente a esta fecha. Arauco, 29 de Agosto del año 2006”.

Esta verdad histórica y judicial es la que hoy desconoce Forestal Bosques Arauco S.A., y que trata de desvirtuar con un proceso a 10 miembros de la comunidad. Bosques Arauco S.A. sabe muy bien que las tierras del Fundo Chilcoco, sector Agua pie, siempre han sido de propiedad mapuche y que las familias Antileo, Lincopi y Huenumilla guardan en estas tierras importantes sitios sagrados que visitan de manera permanente, hay esta la Piedra Santa, lugar donde oficiara sus ceremonias la ultima Machi de sus antepasados.

Al parecer lo espiritual y sagrado que aquí existe, como el respeto de los derechos humanos mapuche, no son temas considerados por este consorcio empresarial, como tampoco lo ha sido hasta la fecha la protección del medio natural; el Golfo de Arauco sufrió el derrame de Trementina de la planta Horcones, se contamino el río Cruces en Valdivia, se mato el río Mataquito, y lo que es aun mas horrendo, se asesino frente a la planta Horcones el 3 de mayo 2006 al trabajador forestal Rodrigo Cisterna, mártir de un salario mas justo.

Que dirá esta ves Jorge Serón Ferre, que dirá esta ves Anacleto Angelini, dueño de Arauco, lo mas seguro es que se apoyaran en la fuerza bruta que puede comprar el dinero, buscaran seguramente la condena de los mas débiles para seguir afirmado su falta de sentido social de empresa.

Por su parte los que si seguirán levantando su voz alto y fuerte son los mapuche de la comunidad Chilcoco, las familias Antileo, Lincopi y Hueumilla no seguirán permitiendo que se siga profanando y contaminando la tierra que los alimenta, la tierra que los vio nacer no hace mucho tiempo y a la que volvieron un 25 de octubre 2006, en ningún caso para usurpar algo que no les pertenece, sino que simplemente para seguir afirmando sus derechos territoriales tal cual como lo hicieron desde 1867 sus antepasados, los que ya partieron y que esperan que un dia no muy lejano por fin se les haga justicia.

- http://ln.fica.cl/muestra_noticia.php?id=3050#.UqCnEfTuKSo


(*) Luis Llanquilef Rerequeo Comunidad Los Maitenes Lloncao - Cañete 
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ALBERTO LAGOS CHANDIA
albertolagos2012@gmail.com
09-11-11
CONTEXTO HISTÓRICO.
En 1862, comienza, la mal llamada "Pacificación de la Araucanía. Se llamó a parlamentar a Longkos Lafkenche de lo que hoy es la comuna de Arauco. "Después de haber bebido y comido... fueron pasados a cuchillo, por los soldados" en lo que era en ese entonces el fuerte de Arauco. Efectivamente uno de sus primeras autoridades de la ciudad de Arauco (decretada en 1853), fue el señor Montalba, quien todavía tiene herederos en el sector de cerro colorado de esta comuna. We Ingka ya conocían el tráfico de influencia y la asociación ilícita; amparados por don gobierno, usurpan territorio mapuche.



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7 December, 2012

Comunidad Mapuche recupera y defiende tierras sagradas usurpadas por Forestal Arauco

La empresa del Holding COPEC (Angelini) y que posee en el centro sur de Chile más de un millón de hectáreas con sendos conflictos socio ambientales, amenaza a la comunidad con desalojarla de sus tierras ancestrales. Señalan: “Teniendo diversos documentos sobre nuestros derechos vigentes, la empresa FORESTAL ARAUCO nuevamente amenaza con desalojarnos de nuestras tierras sagradas”.
Sobre la ocupación efectiva que hacen en Arauco, señalan: “La Comunidad Chilcoco vive y realiza sus actividades culturales correspondientes a nuestra cosmovisión mapuche junto a nuestro altar sagrado en el Fundo Chilcoco, tierras ancestrales de nuestra descendencia ANTILEO, HUENUMILLA, LINCOPI. Y junto a todos nuestros sitios sagrados que conforman el Complejo Cultural Chilcoco”.
Comentan: “Nuestras familias han sufrido por más de 150 Años desalojos y destrucción de nuestros sitios sagrados. Así, volvemos a ponernos de pie para proteger nuestros sitios sagrados y de recolección de alimento”.
La comunidad argumenta que tiene una serie de documentos sobre los derechos en esta tierra: “Teniendo documentos notariales vigentes de nuestras tierras, la empresa FORESTAL ARAUCO nuevamente amenaza con desalojarnos de nuestras tierras sagradas”.

LA COMUNIDAD INDIGENA CHILCOCO, Rut 65.751.420-9 , Personalidad juridica Nª 173 del Registro Nacional de Comunidades y Asociaciones Sector Agua Pie, Llico de la ciudad y provincia de Arauco,region del Bio Bio ,Chile, ha entregado estos antecedentes a una serie de instancias, como la comisión de agricultura de la cámara de diputados y a los organismos que versan sobre el sello internacional ambiental FSC, donde la empresa actualmente postula..

La Comunidad explica: “La empresa Forestal Arauco envió a un representante, MAURICIO LEIVA, pidiendo que nuestra anciana madre MARIA YSABEL ANTILEO HUENUMILLA se saliera junto al REWE altar de oración para conversar, de lo contrario utilizaría la fuerza pública para desalojar. En vista que la empresa quiere conversar, le enviamos una carta basada en el convenio 169 de oit, en, en la Ley indígena nª 19.253, en la ley de monumentos nacionales n° 17.288, en la agenda 21 que forma la declaración de rio de janeiro sobre medio ambiente y el desarrollo, en la convención americana de derechos humanos, y en los principios sobre conducta responsable de forest stewardship council internacional center”, argumentaron .
Al respecto mencionan: “El tenor de nuestra carta como comunidad mapuche chilcoco, pone nuevamente en su conocimiento que no es cualquier tierra en la que habitamos, esperando un pronunciamiento acorde a nuestras necesidades”, mencionaban Juan y Gastón Roa Antileo, lonko werkén y presidente de la Comunidad.
Cabe mencionar que una investigación profesional y asesoría profesional se encuentra en marcha, unida a una estrategia comunitaria de trabajo cultural han permitido realizar un Catastro de Sitios Culturales en Chilkoko; los cuales están asociados y son interdependientes. La importancia de los sitios catastrados y los antecedentes recogidos sobre los mismos permiten concluir la existencia del Complejo Cultural Chilkoko.


Mapuexpress.net


INFORMACIÓN RELACIONADA

Continúan las denuncias y exigencias de comunidades ante viciado proceso de decreto 701 sobre expansión forestal / La Comunidad Chilcoco de del Sector agua pie de Luco de Arauco, región del Bio Bio, se dirige a la comisión de agricultura de la cámara de diputados ante el viciado proceso llevado adelante por CONAF para imponer la prórroga del Decreto proveniente de la dictadura militar de Pinochet, 701, para la expansión forestal. Continúan así las denuncias y exigencias de comunidades de diversos territorios. / http://www.mapuexpress.net/?act=news&id=9367
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LOS DOMINIOS DE LA MADERERA
Bosques Arauco impone su ley en territorio mapuche

La empresa Bosques Arauco es amo y señor en la parte norte de Wallmapu. A las tierras usurpadas a comunidades para las plantaciones de pinos, se agregan sus tóxicas fumigaciones aéreas, el derrame de petróleo en la costa de Llico, y la contaminación y destrucción del humedal Tubul-Raqui, el más grande de la VIII Región. Un recorrido por los dominios de la maderera en Cuyinco, Chilcoco y Tubul.

por Arnaldo Pérez Guerra www.azkintuwe.org




Marcha de comunidad Chilcoco.
Foto de A. Pérez-Guerra.

WALLMAPU / La cesantía, pobreza y deterioro ambiental en la provincia de Arauco contrastan con las ganancias y el crecimiento de la empresa Bosques Arauco. Su dominante presencia se aprecia en cada rincón, sobre todo en Cuyinco y Chilcoco, reivindicados por comunidades mapuches. Los sitios sagrados están hoy cubiertos de pinos y eucaliptos. Resultado de la lucha de los mapuches es la reciente declaración como monumento del cerro Colo Colo. Pero aún peligran decenas de sitios arqueológicos por la avaricia de Bosques Arauco, del grupo Angelini.

La forestación –propiciada por el decreto 701 del dictador Pinochet- ha secado napas subterráneas. A eso se agregan las fumigaciones aéreas, tras la “enfermedad de los pinos”, que mataron las abejas de los apicultores de la provincia; el derrame de petróleo en la costa de Llico, y la contaminación y destrucción del humedal Tubul-Raqui, el más grande de la VIII Región. Caso aparte son los pescadores artesanales de Laraquete y Arauco, que han visto desaparecer su única fuente laboral por la contaminación del mar con tóxicos arrojados por Celulosa Arauco.

En 2007, se descubrió un tipo de hongo que provoca malformaciones en pinos y eucaliptos, que se propagó por la VIII y IX regiones, secando los árboles. Bosques Arauco fumigó en Arauco, Curanilahue, Cañete, Los Álamos, Lebu, Tirúa y Contulmo con químicos y pesticidas que contaminaron aguas, siembras y animales, provocando impactos incalculables en la salud y medioambiente. A la empresa sólo le preocupó eliminar el hongo para evitar que la madera perdiera valor. No tomó en cuenta el daño a campesinos e indígenas. Lugareños denunciaron la utilización de químicos prohibidos: Captan 80 Wp, Mancozeb 80% PM y Sopranoc, entre otros. Hubo un aumento de cefaleas, náuseas, ardor de ojos e irritaciones de la piel; también casos de diarreas y fatiga muscular. Apicultores denunciaron que millones de abejas murieron. También afectó a algueros, buzos y pescadores artesanales. En Lebu, las uniones comunales de juntas de vecinos y agricultores dieron cuenta de la muerte de animales, pérdida de cosechas de papas y graves efectos en frutos silvestres. En Los Álamos, el gobernador aseguró que sabía del “programa de fumigaciones” y que “todo estaba en regla” y que Bosques Arauco contó con autorización de la Conama y el Servicio de Salud Arauco.

" La cesantía, pobreza y deterioro ambiental en la provincia de Arauco contrastan con las ganancias y el crecimiento de la empresa Bosques Arauco. Su dominante presencia se aprecia en cada rincón, sobre todo en Cuyinco y Chilcoco, reivindicados por comunidades mapuches. Los sitios sagrados están hoy cubiertos de pinos y eucaliptos".

Problemas ambientales en la zona hay muchos. El humedal Tubul-Raqui es uno de los más grandes del país. Son unas 2.600 hectáreas; la cuenca supera las 20.000. Su flora y fauna están amenazadas por la acción humana. En la caleta Tubul, los pescadores viven del cultivo del alga “pelillo”. Sólo de vez en cuando se dedican a la pesca. “Somos acuicultores, buzos y pescadores. Pero seguimos siendo una caleta pobre. La biodiversidad es mucho menor comparada con la que había antes. Hay erosión y el pino contamina el humedal”, dice Teodoro Leal, dirigente de la Asociación Gremial de Pescadores. “En el humedal hay flora y fauna típica, muy diversa. Se unen el agua salada del mar y la de los ríos Tubul y Raqui. Hay zonas de pastizales marinos… muchos vienen a cazar”, dice el pescador Daniel Navarro.

La Convención RAMSAR protege en Chile nueve humedales, aunque hay una pobre -y a veces nula- protección por parte de las autoridades. Sólo en la VIII Región hay doce humedales, la mayoría en peligro. En Tubul-Raqui anidan 45 especies de aves migratorias y está en constante riesgo por la quema del “bude” o pajonal y por la forestación de pinos que hace Bosques Arauco. Tubul se asienta en un conchal que atestigua la milenaria presencia lafkenche. Aún en sus alrededores hay comunidades de esta etnia. Por desconocimiento, los lugareños queman el pajonal y el impacto se deja sentir. El trabajo de conservación es complejo, pues son casi cien los propietarios y, según las autoridades, no hay recursos para expropiar o subvencionar a los agricultores. Sólo 345 hectáreas son propiedad fiscal, entre Las Peñas y los puentes 1 y 

 Despojo en Chilcoco

Chilcoco está en el sector Aguapié, cerca de Llico. Allí vivían las familias Antileo, Lincopi y Huenumilla. El despojo por la familia Gaete comenzó en 1867, según un acta encontrada en el Archivo Nacional que dice: “A pedimento de don Julián i don José Manuel Gaete, el alcalde de Arauco Manuel Montalba en primero del actual mande dar copia legalizada de una posesión dada por el cuarto subdelegado don Juan Francisco Mayorga, la cual es del tenor siguiente, en el potrero de los Rachihues a veintinueve días del mes de Noviembre de mil ochocientos sesenta i siete. En cumplimiento del decreto del señor juez de primera instancia del departamento fecha veintiséis del presente, me constituí a los fundos denominados Rachihues, la Cal i Chilcoco i la Quebrada, i en presencia de los colindantes que asistieron; dí posesión a don Julián i don José Manuel Gaete de los fundos”. En esos años, el consejo municipal de Arauco era dirigido por el gobernador Ramón Zañartu, conocido como “el rey del carbón”. Manuel Montalba era uno de los alcaldes y “entregó” a Manuel Gaete -uno de sus cuatro regidores-, el fundo Chilcoco, despojando a los mapuches.

“Desde esta instancia de poder se podía hacer y deshacer con los ‘indios’. Fue así como la usurpación de tierras fue un trabajo fácil, omitiendo por completo la ley del 14 de marzo de 1853, que fijaba los procedimientos para la enajenación de tierras indígenas”, dice el sociólogo e investigador Luis Llanquilef. Por esos años, también se entregó el cerro Colo Colo a los regidores Millán y Pucheu, este último pariente del actual abogado de Bosques Arauco, Gabriel Fernández Pucheu, que patrocinó la querella contra los mapuches de Chilcoco en 2006".

La comunidad de Chilcoco nunca dejó de reclamar sus tierras. En los años 60 del siglo pasado el caso se ventiló en tribunales. “Ganamos todos los fallos y tal fue la desesperación de Filidor Gaete que, en 1963, donó el fundo a la Universidad de Concepción, como consta en un documento del notario José Mateo Silva, con las firmas de Filidor Gaete e Ignacio González Ginouves, en representación de la Universidad”, dice el lonko Gastón Roa Antileo. Posteriormente, la universidad dividió el predio en lotes. “En 1983 lo vendió a la Inmobiliaria Deportiva Universidad de Concepción que lo revendió, en 1985, a la Universidad de Concepción que, el 2002, vendió una superficie aproximada de 2.476 hectáreas a Bosques Arauco”, dice Juan Roa Antileo.

Sin embargo, la comunidad de Chilcoco posee el “dominio vigente”, según consta en certificado entregado por el notario y conservador, Anfión Podlech. El lonko dice: “Queremos volver a nuestras tierras, donde pertenecemos. Somos como gitanos en la ciudad. Desde los años 70 vivimos en la toma de terrenos Nueva Esperanza, en Arauco. Tenemos certificados, documentos de notarías y del Archivo Nacional. A pesar de todo, no nos dejan ocupar nuestras tierras que pasaron de mano en mano. Hoy seguimos en tribunales y tratando que Conadi -o “Con nadie”, como le dicen acá-, dé solución. Pero no se nos respeta, la ley no nos protege”.


"Hoy Chilcoco es explotado por Bosques Arauco desconociendo nuestros derechos. La presidenta Bachelet y Conadi debieran preocuparse de hacer valer los derechos de las comunidades indígenas, y de hacer respetar la ley”, dice el lonko Gastón Roa Antileo. “Cuando nos tomamos Chilcoco quisimos ver qué haría Conadi y Bosques Arauco. Nos sacaron a la fuerza”.

Por su parte, Juan Roa recuerda: 
“En 1938 Filidor Gaete usurpó el rol a las tierras de nuestro abuelo Juan Agustín Antileo Lincopi, y quedaron bajo su dominio. Desalojó a los Antileo y a otras familias, expulsándolas forzadamente a orillas de la playa local”, dice. “En 2006, para reivindicar nuestro derecho los Antileo, los Lincopi y los Huenumilla, tomamos el fundo Chilcoco con las escrituras en la mano. Esperábamos la reacción de Bosques Arauco y un diálogo pacífico que nunca se llevó a cabo. El fiscal de Arauco ordenó nuestro desalojo”, dice el lonko Gastón Roa. Relata que Fuerzas Especiales de Carabineros actuó con brutalidad, sin respetar a niños y mujeres. El resultado: doce comuneros detenidos. El caso más grave fue el de Daniela Huerta, embarazada de ocho meses, que sufrió golpes y contusiones. La comunidad protestó frente a la Intendencia de Concepción y al Tribunal Oral de Arauco.

“Eramos cincuenta los mapuches que permanecimos una semana al interior de Chilcoco, porque somos los verdaderos dueños de esa tierra”, dice la anciana María Antileo Huenumilla. Tras el brutal desalojo, se reunieron con el gobernador y le manifestaron su protesta. “Hoy Chilcoco es explotado por Bosques Arauco desconociendo nuestros derechos. La presidenta Bachelet y Conadi debieran preocuparse de hacer valer los derechos de las comunidades indígenas, y de hacer respetar la ley”, dice el lonko Gastón Roa Antileo. “Cuando nos tomamos Chilcoco quisimos ver qué haría Conadi y Bosques Arauco. Nos sacaron a la fuerza y no nos mostraron ningún documento. En cambio, nosotros teníamos papeles legales. Pero nos golpearon, detuvieron y llevaron al tribunal como delincuentes… Después dijeron que no teníamos culpa de nada. ¿Qué nos espera si el abogado de Bosques Arauco trabaja en notarías y también hace de juez? Bosques Arauco es un Estado dentro de la zona mapuche: acá sólo se hace lo que Bosques Arauco permite. La historia se repite: nos desalojaron en 1867, varias veces en las primeras décadas de 1900, en 1938, y en los años 60, 70 y el 2006”, agrega.

“Fue como volver a vivir lo que pasó cuando yo era niña, cuando quemaron nuestras casas, mataron a nuestros antepasados, rompieron nuestros enseres y los quemaron a la orilla del mar, en Piedra Mala, cerca del cementerio”, dice la anciana María Antileo. Recuerda que para desalojar a los mapuches en 1938, los Gaete dispusieron de matones, inquilinos y carabineros: “Incluso hubo violación de mujeres mapuches. Gaete se apoderó de Llico y para sacar a los mapuches quemó casas, robó animales, mató a los mapuches, corrió y destruyó cercos. Al lonko Lincopi lo mandaba encarcelar”, dice.

“En Chilcoco plantábamos papas y trigo. Se recolectaban avellanas, mutilla, nalca, changue, digüeñes. Había mucho bosque nativo. Se criaban ovejas, chanchos, caballos, chivos y vacunos. Al mar se iba a pescar y buscar algas y mariscos. Había vegas. Mucho trigo, tres clases de avena y cebada, porotos, cebollas, ajos, ají, perejil, apio, zapallos, choclos... De todo se daba. Vivíamos allí los Antileo, los Lincopi y los Huenumilla. De Llico para arriba éramos tres familias… Yo nací en Chilcoco, me casé y tuve cuatro hijos allí. Mis dos abuelas eran machis. Mi mamá nació en la subida del Chingue, cerca de las piedras sagradas”, recuerda.

“A mi papá los carabineros vivían apresándolo, trayéndolo a la cárcel en Arauco, hasta que el alcaide lo liberaba. Yo tendría doce años, pero me acuerdo. Cuando a mi papá se lo llevaban preso, Gaete corría o echaba abajo el cerco. Yo jugaba mientras mi madre reponía el cerco. En 1938, los Gaete nos desalojaron. ‘Procedan, niños, procedan’, dijo Filidor Gaete, y carabineros e inquilinos nos sacaron a golpes, destruyendo y quemando nuestras casas. En carretas se llevaron nuestros enseres para lanzarlas al borde de la playa y quemarlas cerca del cementerio… El dinero hace esto. Ellos tienen dinero, nosotros no. Nos sacaron laceados, a la rastra… Yo era una niña, pero me acuerdo de todo”.

Sitios sagrados en peligro

En 2006, tras el desalojo y represión judicial contra la comunidad de Chilcoco, los mapuches han realizado varios trawün con respaldo de las comunidades de Tirúa, Cañete, Los Álamos, Aguapié, Yani, Las Puentes, Nine, Locobe y Quiapo. Allí se ha denunciado que la forestal se apropió de miles de hectáreas de comunidades de Arauco, Tubul, El Barco, Curaquilla, Santa Clara, Quidico, Huenapidén, Quiñelpilco, Las Puentes, Santa Rosa y Las Cruces. Bosques Arauco inició un proceso judicial contra los comuneros, defendidos por el abogado Roberto Celedón. En julio de 2007, el juez del Tribunal de Garantía de Arauco, Javier Neira, enjuició a los comuneros por “usurpación no violenta del fundo Llico”. Se les acusó de impedir el ingreso al fundo del personal de la empresa. Finalmente, fueron absueltos y se reconoció que poseen derechos sobre el fundo Chilcoco, pero el problema persiste.

En Chilcoco hay sitios sagrados, como la Piedra Santa donde las machis realizaban sus ceremonias. “No sólo usurparon nuestra tierra. Son más de dos mil hectáreas en Aguapié, La Cal y Chilcoco”, dice Juan Roa. Según los mapuches, los Gaete, la Universidad de Concepción y Bosques Arauco han lucrado explotando el bosque nativo, “pero acá está nuestra cosmovisión y creencias. Sitios sagrados son destruidos. Bosques Arauco pasó con sus máquinas por encima de piedras sagradas, quebrándolas. Lugares ceremoniales son profanados por la empresa y destruyen. Cubren el treng treng (cerro sagrado) y los trayencos (cascadas con espíritus benéficos) con árboles que secan el agua. Pero continuaremos el proceso de recuperación de tierras. Nadie impedirá que recobremos nuestra tierra”.

Chilcoco era un terreno agrícola. Sabido es que las plantaciones forestales erosionan el suelo y secan las aguas. “Plantaron pinos en vegas agrícolas, las zanjaron e hicieron canales de siete metros de profundidad y diez metros de ancho. Incluso desviaron ríos para regar sus pinos”, dice el lonko. “Recuperar el suelo demora décadas. Esta tierra no es para pinos ni eucaliptos. Además, con fumigaciones aéreas contaminan el agua, las cosechas y los animales. A eso se suma que Celulosa Arauco arroja tóxicos al mar y el lafkenmapu está contaminado. En las caletas ya no hay trabajo y la gente muere de cáncer”, dice Juan Roa.

Señalan que solicitaron a Conama, el SAG, el Indap y la Conaf que informen “qué estudio se hizo para cambiar el uso de suelo en Chilcoco”. “Pero nadie dio respuesta. Solo Conaf informó que pidió un estudio de impacto ambiental, y que nunca se autorizó el cambio de uso de suelo y tampoco drenajes. Es decir que sin autorización plantaron y drenaron. A nosotros se nos castiga duramente, pero a quienes realmente hacen daño no los sancionan. ¿Donde está el Estado de derecho del que tanto se habla? Aquí puede ocurrir una desgracia. Nos siguen atropellando y las autoridades no hacen nada”, concluye el lonko / AZ
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COMUNIDAD CHILCOCO RECUERDA CONFLICTO CON BOSQUES ARAUCO
Publicado el 17-10-2012, Por Redacción (*)
Sección: Comunicados / Ambito: Arauco / Lecturas: 539 / Comentarios: 1
El Werquen Gastón Roa Antileo envía un comunicado recordando este conflicto de reclamación de tierras que mantiene una comunidad mapuche con la empresa Arauco.

 MARRI MARRI PU PEÑI
 MMARRI MARRI PU LAGMIEN
 MARRI MARRI COMPUCHE
 Les saluda desde el rewe chilcoco, el werquen Gastón Roa Antileo.
 Comunicando la necesidad presentada por nuestra ñaña María Isabel Antileo Huenumilla de custodiar y vivir junto ha nuestro altar y sitios sagrados que se encuentran intervenidos y en peligro por el avance de la trasnacional Bosques Arauco .
 Han profanado nuestra piedra de oración, trayenco, kuel, reni manque kurra, trawunwe la junta, sitios de guillatuwe, treng-treng, lugares de búsqueda de la medicina y recolección de alimento, el Ko.
 Solicitando la máxima atención, por alguna imprudencia que pueda ocasionar el Estado chileno y la trasnacional Bosques Arauco, la familia se encuentra con todos sus títulos legales en notario y conservador de Arauco relacionados ha herencia y compras del fundo Chilcoco esperando se respete el convenio 169 de OIT y el estado de derecho. 
 Esperando su visita ha nuestros sitios sagrados, junto al rewe Chilcoco.
 Chaltu may peukallal.
 GASTON ROA ANTILEO
chilcoco.arauco@gmail.com
 Werquen Antileo, Huenumilla, Lincopi 
 contacto: 68707366
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 1 / 2LANALHUE NOTICIAS
www.lanalhuenoticias.cl
(*) Redacción del editor de turno o equipo de LN
C O M E N T A R I O S
1) Conflicto Bosques Arauco (20-10-12).
Y esto ¿no es acaso violencia también? O sólo es posible desde lo mapuche y no hacia lo mapuche. Esto no es
violencia y entonces tampoco noticia. Situaciones como esta se transforman con los años en Ercilla, Temocuicui y
focos de conflicto ya con pocas posibilidades de sentarse a conversar. Aquí aún se puede, buen desafío para Arauco
y su imagen pública. Cuantos Chilcoco quedarán aún sin espacio como este. 
 Newentuaimn pu peñi, pu lamuen, pu chilcocoche. Mañutueyu peñi werken. 
Nelson Vergara Rubilar
nvergara.r@gmail.com / 186.9.132.173

_________http://ln.fica.cl/tcpdf.php?id=6810________________________________

Bosques Arauco S.A. y la Usurpación de las tierras de la comunidad mapuche Chilcoco:
El proceso contra los hijos de la tierra
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Continúan las denuncias y exigencias de comunidades ante viciado proceso de decreto 701 sobre expansión forestal
http://www.urracas-emaus.cl/denuncias_exigencias.html

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Bosques Arauco impone  su ley


Despojo a los mapuches


AutorARNALDO PEREZ GUERRA
En Arauco, Chilcoco y Tubul
La cesantía, pobreza y deterioro ambiental en la provincia de Arauco contrastan con las ganancias y el crecimiento de Bosques Arauco. Su dominante presencia se aprecia en cada rincón, sobre todo en Cuyinco y Chilcoco, reivindicados por comunidades mapuches. Los sitios sagrados están hoy cubiertos de pinos y eucaliptos.
Resultado de la lucha de los mapuches es la reciente declaración como monumento del cerro Colo Colo. Pero aún peligran decenas de sitios arqueológicos por la avaricia de Bosques Arauco. La forestación -propiciada por el decreto 701 de Pinochet- ha secado napas subterráneas.
A eso se agregan las fumigaciones aéreas, tras la “enfermedad de los pinos”, que mataron las abejas de los apicultores de la provincia; el derrame de petróleo en la costa de Llico, y la contaminación y destrucción del humedal Tubul-Raqui, el más grande de la VIII Región.
Caso aparte son los pescadores artesanales de Laraquete y Arauco, que han visto desaparecer su única fuente laboral por la contaminación del mar con tóxicos arrojados por Celulosa Arauco (ver PF 671).

En 2007, se descubrió un tipo de hongo que provoca malformaciones en pinos y eucaliptos, que se propagó por la VIII y IX regiones, secando los árboles. Bosques Arauco fumigó en Arauco, Curanilahue, Cañete, Los Alamos, Lebu, Tirúa y Contulmo con químicos y pesticidas que contaminaron aguas, siembras y animales, provocando impactos incalculables en la salud y medioambiente. A la empresa sólo le preocupó eliminar el hongo para evitar que la madera perdiera valor.
No tomó en cuenta el daño a campesinos e indígenas. Lugareños denunciaron la utilización de químicos prohibidos: Captan 80 Wp, Mancozeb 80% PM y Sopranoc, entre otros. Hubo un aumento de cefaleas, náuseas, ardor de ojos e irritaciones de la piel; también casos de diarrea y fatiga muscular. Apicultores denunciaron que millones de abejas murieron. También afectó a algueros, buzos y pescadores artesanales. En Lebu, las uniones comunales de juntas de vecinos y agricultores dieron cuenta de la muerte de animales, pérdida de cosechas de papas y graves efectos en frutos silvestres.

El humedal Tubul-Raqui es uno de los más grandes del país. Son unas 2.600 hectáreas; la cuenca supera las 20.000. Su flora y fauna están amenazadas por la acción humana. En la caleta Tubul, los pescadores viven del cultivo del alga “pelillo”. Sólo de vez en cuando se dedican a la pesca. “Somos acuicultores, buzos y pescadores. Pero seguimos siendo una caleta pobre. La biodiversidad es mucho menor comparada con la que había antes. Hay erosión y el pino contamina el humedal”, dice Teodoro Leal, dirigente de la Asociación Gremial de Pescadores. “En el humedal hay flora y fauna típica, muy diversa. Se unen el agua del mar y la de los ríos Tubul y Raqui. Hay zonas de pastizales marinos”, dice el pescador Daniel Navarro.

La Convención Ramsar protege en Chile nueve humedales, aunque hay una pobre protección por parte de las autoridades. Sólo en la VIII Región hay doce humedales, la mayoría en peligro. En Tubul-Raqui anidan 45 especies de aves migratorias y está en constante riesgo por la quema del pajonal y por la forestación de pinos que hace Bosques Arauco.
Tubul se asienta en un conchal que atestigua la milenaria presencia lafkenche. Aún en sus alrededores hay comunidades de esta etnia. Por desconocimiento, los lugareños queman el pajonal y el impacto se deja sentir. El trabajo de conservación es complejo, pues son casi cien los propietarios y, según las autoridades, no hay recursos para expropiar o subvencionar a los agricultores. Sólo 345 hectáreas son de propiedad fiscal.

Despojo en Chilcoco
Chilcoco está en el sector Aguapié, cerca de Llico. Allí vivían las familias Antileo, Lincopi y Huenumilla. El despojo por la familia Gaete comenzó en 1867, según un acta encontrada en el Archivo Nacional.
La comunidad de Chilcoco nunca dejó de reclamar sus tierras. En los años 60 del siglo pasado el caso se ventiló en tribunales. “Ganamos todos los fallos y tal fue la desesperación de Filidor Gaete que, en 1963, donó el fundo a la Universidad de Concepción”, dice el lonko Gastón Roa Antileo. Posteriormente, la universidad dividió el predio en lotes. “En 1983 lo vendió a la Inmobiliaria Deportiva Universidad de Concepción que lo revendió, en 1985, a la Universidad de Concepción que, en 2002, vendió una superficie aproximada de 2.476 hectáreas a Bosques Arauco”, dice Juan Roa Antileo.

Sin embargo, la comunidad de Chilcoco posee el “dominio vigente”, según consta en certificado entregado por el notario y conservador, Anfión Podlech.

El lonko dice:
“Queremos volver a nuestras tierras. Desde los años 70 vivimos en la toma de terrenos Nueva Esperanza, en Arauco. Tenemos certificados, documentos de notarías y del Archivo Nacional. A pesar de todo, no nos dejan ocupar nuestras tierras que pasaron de mano en mano. Hoy seguimos en tribunales y tratando que Conadi -o “Con nadie”, como le dicen acá-, dé una solución. Pero no se nos respeta, la ley no nos protege”.

“En 2006, para reivindicar nuestro derecho los Antileo, los Lincopi y los Huenumilla, tomamos el fundo Chilcoco con las escrituras en la mano. Esperábamos la reacción de Bosques Arauco y un diálogo pacífico, que nunca se llevó a cabo. El fiscal de Arauco ordenó nuestro desalojo”, dice el lonko. Relata que Fuerzas Especiales de Carabineros actuó con brutalidad, sin respetar a niños y mujeres. El resultado: doce comuneros detenidos. El caso más grave fue el de Daniela Huerta, embarazada de ocho meses, que sufrió golpes y contusiones. La comunidad protestó frente a la Intendencia de Concepción y al Tribunal Oral de Arauco.

“Eramos cincuenta los mapuches que permanecimos una semana al interior de Chilcoco, porque somos los verdaderos dueños de esa tierra”, dice María Antileo Huenumilla. Tras el brutal desalojo, se reunieron con el gobernador y le manifestaron su protesta. “Hoy Chilcoco es explotado por Bosques Arauco desconociendo nuestros derechos. La presidenta Bachelet y Conadi debieran preocuparse de hacer valer los derechos de las comunidades indígenas, y de hacer respetar la ley”, dice el lonko Gastón Roa Antileo. “Cuando nos tomamos Chilcoco quisimos ver qué haría Conadi y Bosques Arauco. Nos sacaron a la fuerza y no mostraron ningún documento. En cambio, nosotros teníamos papeles legales. Pero nos golpearon, detuvieron y llevaron al tribunal como delincuentes. ¿Qué nos espera si el abogado de Bosques Arauco trabaja en notarías y también hace de juez? Bosques Arauco es un Estado dentro de la zona mapuche: acá sólo se hace lo que Bosques Arauco permite. La historia se repite: nos desalojaron en 1867, varias veces en las primeras décadas de 1900, en 1938, y en los años 60, 70 y 2006”, agrega.

Recuerda María Antileo que para desa-lojar a los mapuches en 1938, los Gaete dispusieron de matones, inquilinos y cara-bi-neros: “Incluso hubo violación de mujeres mapuches. Gaete se apoderó de Llico y para sacar a los mapuches quemó casas, robó animales, mató a mapuches, corrió y destruyó cercos”, dice. “En Chilcoco plantábamos papas y trigo. Había mucho bosque nativo.
Se criaban ovejas, chanchos, caballos, chivos y vacunos. Al mar se iba a pescar y buscar algas y mariscos. Había vegas. Yo nací en Chilcoco, me casé y tuve cuatro hijos allí. Mis dos abuelas eran machis”, recuerda. “A mi papá los carabineros vivían apresándolo, trayéndolo a la cárcel en Arauco, hasta que el alcaide lo liberaba.

Yo tendría doce años, pero me acuerdo. Cuando a mi papá se lo llevaban preso, Gaete corría o echaba abajo el cerco. Yo jugaba mientras mi madre reponía el cerco.

En 1938, los Gaete nos desalojaron. ‘Procedan, niños, procedan’, dijo Filidor Gaete, y carabineros e inquilinos nos sacaron a golpes, destruyendo y quemando nuestras casas. En carretas (…)

(Este artículo se publicó completo en la edición Nº 673 de Punto Final, 24 de octubre, 2008. Suscríbase a la edición impresa de PF)
http://www.puntofinal.cl/673/arauco.php

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Convenio 169, Consulta y Lugares Sagrados. Sentencia Caso Cerro Colo Colo. Corte de Concepción

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[Informe CEPPDI]  Corte de Apelaciones de Concepción, centro sur de Chile, en sentencia rol 289-2010,  del 10 de agosto de 2010,  aplicó el  Convenio 169 de la OIT y acoge recurso de protección presentado por la comunidad mapuche Chilcoco  en contra de la Municipalidad de Arauco, por intervención inconsulta del cerro Colo Colo, lugar sagrado mapuche.
El Municipio, realizó labores de mantención del lugar por fallas geológicas producidas por el terremoto del 27 de febrero,  sin embargo las obras se realizaron sin consulta a las comunidades, talando indiscriminadamente árboles sagrados, removiendo restos arqueológicos y realizando faenas que produjeron un profundo impacto en las comunidades. El cerro sagrado habia sido recientemente recuperado por las comunidades tras años de reivindicaciones. Para realizar las faenas en el cerro el   Municipio no consultó a las comunidades mapuche, con la excusa de que eran muchas y muy dificil llegar a acuerdos  (!) .
La sentencia de la Corte de Concepción señala "No es excusa al respecto, lo manifestado por la recurrida en cuanto a que las comunidades a que había que consultar eran numerosas (diez), ni la idea preconcebida de la dificultad de contar con su consenso."  La actuación del Municipio "aparece como arbitraria, por cuanto no es razón para ello estimar que la comunicación con todas ellas era dificultosa, conducta que, además, resulta ilegal, al atentar contra lo dispuesto en los artículos 6 y 13 del Convenio Nº 169, que constituye ley de la República. "
CONVENIO 169, CONSULTA  Y PROTECCION DE  LUGARES SAGRADOS.
La nueva sentencia de la  Corte de Concepción se agrega a la positiva  jurisprudencia que ha emanado de las cortes del sur de Chile ante las cuales las comunidades mapuche han invocado el Convenio 169 de la OIT.   
De forma unánime, las cortes de Concepción,  Temuco, Valdivia y Puerto Montt  han reafirmado el deber estatal de consultar a los pueblos indígenas  tal como dispone el artículo 6 del Convenio 169 de la OIT.
Lo nuevo de la sentencia de Concepción es la aplicación del artículo 13 del Convenio 169,   en relación a la protección de los lugares sagrados, y   que dispone que "los gobiernos deben respetar la importancia especial que para las culturas y valores espirituales de los pueblos interesados reviste su relación con las tierras y territorios que ocupan o utilizan de alguna otra manera". La Corte estable que "no cabe duda que la intervención y destrucción de su patrimonio cultural conduce a una sensación de falta de respeto a su identidad social, a sus costumbres y tradiciones ".

El caso de la comunidad Chilcoco y su defensa del cerro Colo Colo fue expuesto por sus protagonistas el dia 9 de agosto en Seminario sobre Aplicación del  Convenio 169 e Informe Alternativo,  realizado en Santiago   organizado por el Centro de Políticas Públicas en conjunto con organizaciones de pueblos indigenas y el Foro Permanente de Naciones Unidas.  El 10 de agosto, al regresar a Arauco, una buena noticia les esperaba y comparten el documento.
 
Se reproduce texto completo de la sentencia


Informe CEPPDI

Victor Toledo LL.
11/08/2010
 



Corte de Apelaciones de Concepción, Chile.

Concepción, diez de agosto de dos mil diez.

VISTOS:
A fojas 16, comparece don Gastón Eduardo Roa Antileo, domiciliado en Población Nueva Esperanza, Lleu-Lleu Nº 45, Arauco, Presidente de la Comunidad Indígena Chilcoco y Juan Vicente Roa Antileo, del mismo domicilio, en calidad de Lonco de tal comunidad, representación acreditada ante la Corporación de Desarrollo Indígena, y deducen recurso de protección en contra de la Ilustre Municipalidad de Arauco y su Concejo Municipal, por actos de daño en el monumento nacional, en la categoría de Monumento Histórico, denominado Cerro Colo Colo, ubicado en la comuna y provincia de Arauco.

Explican con detalle las características históricas del lugar y la importancia que presenta y ha presentado para el desarrollo de tradiciones y ceremonias propias de la cosmovisión indígena mapuche.

Dicen que el 15 de junio de 2010 concurrieron al lugar y detectaron la explotación de árboles en virtud de instrucciones del Director de Obras Municipales, los que cayeron encima de símbolos propios de la etnia, de gran importancia en el desarrollo y mantención de sus tradiciones, con lo cual se vulneraron brutalmente sus derechos.

Indican que con este proceder se han violentado las garantías constitucionales consagradas en la Constitución Política de la República, artículo 19 Nº 1, 2, 6, 8 y 24. Los actos por los cuales recurren han atentado en contra de su integridad física y síquica por el sometimiento arbitrario e ilegal a condiciones ambientales de atropellos de un monumento nacional y tormentosas para su integridad, confiriendo mayor envergadura al derecho de la empresa recurrida que al ejercicio del culto mapuche, conductas con las cuales, además, ha contaminado el medio ambiente, conculcándose, asimismo, su derecho de propiedad sobre el pleno uso de terrenos declarados monumento nacional.

Acompañaron a su presentación copia del decreto exento Nº 2.369, de 10 de julio de 2008, que declara el lugar monumento nacional y de informe relativo a las cualidades del Cerro Colo Colo.

Piden se adopten las medidas que se juzguen necesarias para restablecer el imperio del derecho y asegurar su debida protección, con costas.
A fojas 23 informa Carabineros de Chile, indicando que se verificó en terreno la explotación del bosque, tomando fotografías que se adjuntaron en un disco compacto. Señalan que concurrieron al Departamento de Obras de la I. Municipalidad recurrida en donde se informó que días después del terremoto de 27 de febrero del año en curso y como medida de seguridad por el riesgo que presentaban los árboles, se efectuaron trabajos por una empresa forestal, procediendo posteriormente otra empresa a explotar el bosque, dejando de hacerlo el 10 de junio del presente.

A fojas 28 informa el Honorable Concejo Municipal de Arauco, manifestando que no controvierte la importancia cultural del lugar, pero agrega que por razones de riesgo inminente de deslizamiento de grandes masas de tierra, la I. Municipalidad de Arauco se vio en la necesidad de intervenir en el Cerro Colo Colo, mediante la realización de corte y extracción de árboles ubicados en sus laderas con pendiente, apoyando el Concejo tales labores. Ello obedeció al cumplimiento de las atribuciones y funciones relacionadas con la prevención de riesgos y la prestación de auxilio en situaciones de emergencia y catástrofe definidas en la ley y, en especial, en resguardo de la seguridad de las personas y sus viviendas colindantes con el cerro y de los bienes públicos del perímetro del sector.

Dicen que previo a los trabajos se definió una zona de seguridad, la que el informe de SERNAGEOMIN recomendaba que fuera de 50 metros; se contactaron empresas para la realización de las labores, lo que las retardaron un poco, siendo aprobado el contrato el 14 de mayo de 2010. Dice que no se han cortado especies nativas, sino solamente foráneas y que las obras fueron paralizadas el mismo día en que se notificó el presente recurso.

Sostiene que, atendido lo expuesto, el acto no es arbitrario y, finalmente, que carece de legitimación pasiva en el presente recurso, por cuanto la responsabilidad por la administración del los bienes municipales es del señor Alcalde y no del Concejo.

Acompaña a su presentación documentos que rolan a fojas 26 y 27, consistentes en certificados que dan cuenta del acuerdo referido.
A fojas 34 informa la Ilustre Municipalidad de Arauco que, en síntesis, explica el constante reconocimiento al valor histórico del lugar, que éste presenta falta de solidez en sus terrenos y que solo una porción del mismo corresponde a lo declarado como Monumento Histórico. Agrega que producto del reciente terremoto el cerro sufrió daños consistentes en derrumbes y deslizamientos en sus laderas, cayendo un árbol sobre una camioneta, presentando los vecinos una solicitud en que manifestaban la necesidad urgente de intervenir el lugar, lo que llevó a efecto dada la urgencia de la situación.

Señala que con prontitud se requirió el informe de SERNAGEOMIN, que confirmó la situación de riesgo y que se cumplieron con todos los informes y estudios necesarios, los que determinaron que los trabajos eran indispensables para la seguridad de la población, por lo que su actuar no es arbitrario ni ilegal, por cuanto la Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades las faculta para desarrollar actividades de prevención de riesgos y la prestación de auxilio en situaciones de emergencia o catástrofe.

Reconoce la afectación de los recurrentes, pero dice que no emana de un acto arbitrario o ilegal, sino que precisamente se realizaron buscando la seguridad de la población. Dicen que el Convenio Nº 169, sobre Pueblos Indígenas y Tribales en Países Independientes, indica que se requiere que se consulte a los pueblos interesados mediante procedimientos apropiados y en particular a través de sus instituciones representativas cada vez que se prevean medidas legislativas o administrativas susceptibles de afectarles directamente, pero que la falta de organización y el elevado número de comunidades hacía dificultosa la comunicación y el consenso. 

Acompaña documentos que rolan de fojas 70 a fojas 131 consistentes en postulación a la concesión de uso gratuito del inmueble fiscal cerro Colo Colo y antecedentes; informe sobre efectos geológicos en el lugar producto del terremoto del 27 de febrero de 2010, emanado de SERNAGEOMIN; solicitud de la Junta de Vecinos Lord Cochrane; fotografías y plano del lugar; informe del Consejo de Monumentos Nacionales; informe de talud vertical del cerro; informe de situación enviado el 4 de junio de 2010 por el Consejo de Monumentos Nacionales al señor Gastón Roa Antileo; informe sobre el terreno del lugar y resolución que aprueba contrato de servicio de corte, extracción y transporte de árboles del Cerro Colo Colo.

A fojas 161 se ordenó traer los autos en relación.

A fojas 164 acompaña carta de la Junta de Vecinos referida, agradeciendo las gestiones realizadas

CON LO RELACIONADO Y CONSIDERANDO:
PRIMERO: Que para que proceda el recurso de protección se requiere que se hayan efectuado actos u omisiones, con carácter de arbitrarios o contrarios a la ley que priven, perturben o amenacen el legítimo ejercicio de los derechos y garantías a que se refiere el artículo 20 de la Constitución Política de la República. Por otra parte, su objeto es que la respectiva Corte de Apelaciones adopte de inmediato las providencias necesarias para restablecer el imperio del derecho y asegurar la debida protección al o a los afectados.

SEGUNDO: Que los recurrentes han incoado la presente acción cautelar con el fin de que se garanticen sus derechos constitucionales que han visto vulnerados por la intervención efectuada en un lugar declarado monumento histórico de especial importancia en el desarrollo de su culto y tradiciones propias de su etnia.

TERCERO: Que la recurrida, Honorable Concejo Municipal de Arauco, ha manifestado carecer de legitimación pasiva en este recurso, por cuanto la responsabilidad por la administración del los bienes municipales es del señor Alcalde y no del Concejo.

CUARTO: Que según lo dispone la Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades, Nº 18.695, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado por el Decreto con Fuerza de Ley Nº 1, de 2006, en sus artículos 5° letra c) y 63 letra f), es al Alcalde a quien corresponde administrar los bienes municipales y nacionales de uso público de la comuna en conformidad a la ley, así como también adquirir o enajenar bienes muebles, sin que se exija para ello la autorización del Concejo Comunal, lo que lleva a concluir que no es al Concejo recurrido a quien correspondía la decisión en la cuestión sometida al conocimiento de esta I. Corte, por lo que el recurso será rechazado en lo que atañe a este recurrido.

QUINTO: Que del mérito de los antecedentes aportados por las partes y de sus propias declaraciones manifestadas tanto en el recurso mismo como en los respectivos informes allegados a los autos, es posible tener por acreditados los siguientes hechos:

a) Que se dispuso la intervención del Cerro Colo Colo, monumento histórico, debido a los daños sufridos con motivo del terremoto de febrero recién pasado.

b) Que el lugar intervenido presenta tal importancia histórica que la recurrida, I. Municipalidad de Arauco, solicitó y obtuvo la Concesión de Uso Gratuito del Cerro, con la finalidad de reconocer y reivindicar la cultura mapuche, establecer un desarrollo turístico étnico y rescatar la identidad cultural e histórica de la ciudad de Arauco.

c) Que se procedió a la baja de ciertas especies arbóreas, para evitar que cayeran encima de las casas vecinas.

d) Que la recurrida, I. Municipalidad de Arauco, ha reconocido la importancia cultural que el referido cerro representa para todas las comunidades indígenas y no sólo para la recurrente.

e) Que los árboles, al caer, alteraron diferentes monumentos indígenas.

f) Que no se consultó al pueblo indígena cuando se decidió intervenir el Cerro Colo Colo.

SEXTO: Que la I. Municipalidad recurrida reconoce haber ejecutado los actos denunciados por los recurrentes, aun cuando sostiene que ellos no fueron arbitrarios ni ilegales.

SÉPTIMOQue el Convenio Nº 169, de la Organización Internacional del Trabajo, sobre Pueblos Indígenas y Tribales en Países Independientes, fue ratificado por Chile el año 2008 y se encuentra vigente como ley de la República. En su artículo 13 dispone que al aplicar sus disposiciones los gobiernos deben respetar la importancia especial que para las culturas y valores espirituales de los pueblos interesados reviste su relación con las tierras y territorios que ocupan o utilizan de alguna otra manera. El artículo 6 del mismo Convenio exige a los gobiernos, al aplicar sus disposiciones, consultar a los pueblos interesados, mediante procedimientos apropiados y, en particular, a través de instituciones representativas cada vez que se prevean medidas legislativas o administrativas susceptibles de afectarles directamente.

OCTAVO: Que la recurrida, I. Municipalidad de Arauco, ha reconocido la obligación de haber comunicado las medidas adoptadas, pero alega que ello no fue posible, por cuanto, para evitar discriminaciones, debió consultar a la totalidad de las organizaciones indígenas, ya que no existe una de carácter comunal lo cual, en otras ocasiones, ha originado problemas que han dificultado la reunión de la totalidad y aun más, lograr acuerdos de consenso con todas ellas. Las circunstancias, sostiene, obligaban a actuar con urgencia y ello implicó que no se pudiera elaborar un mecanismo de consulta integrador. Se trató, concluye, de evitar dilaciones que pudieran resultar fatales para la protección de la vida e integridad física de los vecinos afectados.

NOVENO: Que si bien es cierto que a raíz del reciente terremoto de febrero pasado fue menester adoptar diferentes medidas de emergencia, no lo es menos que en el particular caso en estudio el respectivo contrato de servicio por corte, extracción y transporte de árboles fue aprobado sólo el 15 de mayo de 2010 (documento de fojas 131), previa la realización de incontables diligencias destinadas a recabar los necesarios informes y autorizaciones, lo que hace incomprensible que no se haya desplegado conducta alguna tendiente a consultar a los pueblos indígenas interesados. 
DÉCIMOQue no se discute la pertinencia de la intervención del cerro, sino la falta de consulta a los pueblos indígenas, no obstante la certeza de la importancia que el lugar representa para su cultura y que amerita el máximo respeto a sus tradiciones y sentir propio de las mismas. No es excusa al respecto, lo manifestado por la recurrida en cuanto a que las comunidades a que había que consultar eran numerosas (diez), ni la idea preconcebida de la dificultad de contar con su consenso. Se trataba, en la especie, de desarrollar las actividades emprendidas buscando compatibilizar el debido respeto a los símbolos indígenas y la seguridad de los habitantes de la comuna.

UNDÉCIMOQue, atendido lo razonado, en el parecer de esta Corte, el proceder de la recurrida I. Municipalidad de Arauco, en cuanto procedió a intervenir el Cerro Colo Colo sin consultar a las comunidades indígenas interesadas, aparece como arbitraria, por cuanto no es razón para ello estimar que la comunicación con todas ellas era dificultosa, conducta que, además, resulta ilegal, al atentar contra lo dispuesto en los artículos 6 y 13 del Convenio Nº 169, que constituye ley de la República. 

DUODÉCIMOQue es indudable que el proceder de la recurrida, I. Municipalidad de Arauco, ha vulnerado el derecho a la integridad síquica de los recurrentes, por cuanto no cabe duda que la intervención y destrucción de su patrimonio cultural conduce a una sensación de falta de respeto a su identidad social, a sus costumbres y tradiciones, así como a la conservación de las características propias de su etnia, produciendo naturalmente desazón y gran preocupación, que llevan a concluir que se ha conculcado la garantía constitucional consagrada en el artículo 19 Nº 1, de la Constitución Política de la República. 

Lo recientemente concluido hace innecesario pronunciarse respecto de las demás garantías constitucionales invocadas por los recurrentes.

DÉCIMO TERCERO: Que, atendido lo razonado y teniendo presente que las faenas fueron paralizadas al interponerse el recurso, como asimismo lo manifestado en estrados por el abogado de la recurrida I. Municipalidad de Arauco, en cuanto a que la baja de árboles sólo se ha completado en un noventa por ciento, la presente acción cautelar será acogida en los términos que se dirá en lo resolutivo de esta sentencia.
Por estas reflexiones y atendido lo dispuesto en los artículos 19 y 20 de la Constitución Política de la República de Chile y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre Tramitación de Recurso de Protección de Garantías Constitucionales, se declara:

a) Que se rechaza, sin costas, el deducido a fojas 16, por don Gastón Eduardo Roa Antileo, Presidente de la Comunidad Indígena Chilcoco y Juan Vicente Roa Antileo, en calidad de Lonco de tal comunidad, en contra del Concejo Municipal de Arauco.
b) Que se acoge, sin costas, el referido recurso, deducido en contra de la I. Municipalidad de Arauco, en cuanto ésta deberá consultar a la Comunidad Indígena recurrente, en forma previa a continuar los trabajos de intervención al Cerro Colo-Colo.
Regístrese, comuníquese y, en su oportunidad, archívese.
Reacción de la abogada integrante doña Ruth Gabriela Lanata Fuenzalida.
Rol 289-2010.
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